Soy consciente que el tema de una "muerte digna", el dolor y el sufrimiento es absolutamente complejo y profundamente sensible. Subjetivo a veces, debiera haber sido largamente debatido por un "Congreso" de notables expertos y profesionales médicos argentinos. (Invito leer el Análisis del Centro de Bioética)
Por otra parte esta Ley no presenta grandes novedades pues en general son prácticas que ya se venían utilizando en la Argentina, a las cuales se agrega expresamente - y me preocupa - la defensa de los profesionales e instituciones intervinientes.
Por otra parte esta Ley no presenta grandes novedades pues en general son prácticas que ya se venían utilizando en la Argentina, a las cuales se agrega expresamente - y me preocupa - la defensa de los profesionales e instituciones intervinientes.
En su exposición ante el Honorable Senado de la NaciónArgentina, en defensa de la modificación
de la Ley de Derechos del Paciente,
que
ayer fuera convertida en nuestra Ley de muerte digna el Senador Señor AníbalFernandez se refirió al Beato Juan Pablo II - entre otros - en
estos términos:
“Es más que clara
la expresión de JPII respecto de terminar con aquella vieja concepción del
autoflagelamiento o del dolor como
sufrimiento para conquistar el cielo, una visión que seguramente él con este gesto
de la piedad que la propia encíclica impone permitirá revisar con claridad que
lo que se estaba pensando era en la persona humana que si se había ganado el
cielo se lo había ganado porque había razones más que justificadas en términos de
lo que todos los que tenemos una formación de la fe sabemos comprenderlo y lo
analizamos en tal sentido.”
Considero pueril y vacía su expresión con respecto al
sufrimiento para conquistar el cielo. El sufrimiento es parte de la vida, cuesta comprenderlo, es difícil vivirlo, pero es
además un misterio como lo es la vida misma y me ha tocado vivirlo de cerca y continúo
haciéndolo. Juan Pablo II hablo del sufrimiento extensamente y he volcado algunos de sus
pensamientos en este blog.
En casos particulares y para no dejar dudas en su Encíclica, cuando habla del sufrimiento voluntario, dice “de todas maneras si puede ser digno de elogio quien acepta voluntariamente sufrir renunciando a tratamientos contra el dolor para conservar la plena lucidez y participar, si es creyente, de manera consciente en la pasión del Señor, tal comportamiento « heroico » no debe considerarse obligatorio para todos.” En cuanto al tratamiento al enfermo el Beato Juan Pablo II habla claramente en el punto 65 de la Carta Encíclica Evangelium Vitae que trata sobre el Valor y el Carácter Inviolable de la Vida Humana. La Encíclica es una clara, exigente y contundente carta en defensa de la dignidad de la vida humana desde su concepción hasta su muerte natural. No se trata aquí de una supuesta “piedad que la encíclica impone” como el Senador Fernandez sostiene, sino de expresiones absolutamente cristalinas en defensa del don de la vida, posición que Juan Pablo II sostuvo y defendió incansablemente mucho antes de acceder al Pontificado.
El 11
de febrero de 1984, dedicó a la Iglesia católica la Carta Apostólica SalvificiDoloris
sobre
el sentido cristiano del sufrimiento humano y el 11 de febrero de 1993 instituyola Primer Jornada Mundial del Enfermo que se celebra todos los años el 11 de
febrero, conmemoración de Santa María,
Virgen de Lourdes.
En casos particulares y para no dejar dudas en su Encíclica, cuando habla del sufrimiento voluntario, dice “de todas maneras si puede ser digno de elogio quien acepta voluntariamente sufrir renunciando a tratamientos contra el dolor para conservar la plena lucidez y participar, si es creyente, de manera consciente en la pasión del Señor, tal comportamiento « heroico » no debe considerarse obligatorio para todos.” En cuanto al tratamiento al enfermo el Beato Juan Pablo II habla claramente en el punto 65 de la Carta Encíclica Evangelium Vitae que trata sobre el Valor y el Carácter Inviolable de la Vida Humana. La Encíclica es una clara, exigente y contundente carta en defensa de la dignidad de la vida humana desde su concepción hasta su muerte natural. No se trata aquí de una supuesta “piedad que la encíclica impone” como el Senador Fernandez sostiene, sino de expresiones absolutamente cristalinas en defensa del don de la vida, posición que Juan Pablo II sostuvo y defendió incansablemente mucho antes de acceder al Pontificado.
Considero oportuno para este blog citar porciones del
texto de la Encíclica Evangelium Vitae
de Juan Pablo II, para que cristianos y no cristianos tengamos presente y
analicemos a conciencia algunos principios básicos ante una sociedad cada
vez más confundida, que a menudo se nos invita seguir a ciegas o
mirar hacia un costado para no cargar con más peso nuestro universo cotidiano, en una Argentina que cada vez se presenta más problemática.
Juan Pablo II dice en Evangelium Vitae:
“…. se produce un cambio de trágicas consecuencias
en el largo proceso histórico, que después de descubrir la idea de los «
derechos humanos » —como derechos inherentes a cada persona y previos a toda
Constitución y legislación de los Estados— incurre hoy en una sorprendente
contradicción: justo en una época en la que se proclaman solemnemente los
derechos inviolables de la persona y se afirma públicamente el valor de la
vida, el derecho mismo a la vida queda prácticamente negado y conculcado, en
particular en los momentos más emblemáticos de la existencia, como son el
nacimiento y la muerte.
Por una parte, las varias declaraciones universales de los derechos del
hombre y las múltiples iniciativas que se inspiran en ellas, afirman a nivel
mundial una sensibilidad moral más atenta a reconocer el valor y la dignidad de
todo ser humano en cuanto tal, sin distinción de raza, nacionalidad, religión,
opinión política o clase social.
Por otra parte, a estas nobles declaraciones se contrapone
lamentablemente en la realidad su trágica negación. Esta es aún más
desconcertante y hasta escandalosa, precisamente por producirse en una sociedad
que hace de la afirmación y de la tutela de los derechos humanos su objetivo
principal y al mismo tiempo su motivo de orgullo. ¿Cómo poner de acuerdo estas
repetidas afirmaciones de principios con la multiplicación continua y la
difundida legitimación de los atentados contra la vida humana? ¿Cómo conciliar
estas declaraciones con el rechazo del más débil, del más necesitado, del
anciano y del recién concebido? Estos atentados van en una dirección
exactamente contraria a la del respeto a la vida, y representan una amenaza
frontal a toda la cultura de los derechos del hombre. Es una amenaza capaz,
al límite, de poner en peligro el significado mismo de la convivencia
democrática: nuestras ciudades corren el riesgo de pasar de ser sociedades
de « con-vivientes » a sociedades de excluidos, marginados, rechazados y
eliminados.”
[…]
En realidad, la democracia no
puede mitificarse convirtiéndola en un sustitutivo de la moralidad o en una
panacea de la inmoralidad. Fundamentalmente, es un « ordenamiento » y, como
tal, un instrumento y no un fin. Su carácter « moral » no es automático, sino
que depende de su conformidad con la ley moral a la que, como cualquier otro
comportamiento humano, debe someterse; esto es, depende de la moralidad de los
fines que persigue y de los medios de que se sirve. Si hoy se percibe un
consenso casi universal sobre el valor de la democracia, esto se considera un
positivo « signo de los tiempos », como también el Magisterio de la Iglesia ha
puesto de relieve varias veces. 88 Pero el valor de la democracia se mantiene o
cae con los valores que encarna y promueve: fundamentales e imprescindibles son
ciertamente la dignidad de cada persona humana, el respeto de sus derechos
inviolables e inalienables, así como considerar el « bien común » como fin y
criterio regulador de la vida política.
En la base de estos valores
no pueden estar provisionales y volubles « mayorías » de opinión, sino sólo el
reconocimiento de una ley moral objetiva que, en cuanto « ley natural »
inscrita en el corazón del hombre, es punto de referencia normativa de la misma
ley civil. Si, por una trágica ofuscación de la conciencia colectiva, el
escepticismo llegara a poner en duda hasta los principios fundamentales de la
ley moral, el mismo ordenamiento democrático se tambalearía en sus fundamentos,
reduciéndose a un puro mecanismo de regulación empírica de intereses diversos y
contrapuestos. 89
En un régimen democrático, donde las leyes y decisiones
se adoptan sobre la base del consenso de muchos, puede atenuarse el sentido de
la responsabilidad personal en la conciencia de los individuos investidos de
autoridad. Pero nadie puede abdicar jamás de esta responsabilidad, sobre todo
cuando se tiene un mandato legislativo o ejecutivo, que llama a responder ante
Dios, ante la propia conciencia y ante la sociedad entera de decisiones
eventualmente contrarias al verdadero bien común. Si las leyes no son el único
instrumento para defender la vida humana, sin embargo desempeñan un papel muy
importante y a veces determinante en la promoción de una mentalidad y de unas
costumbres. Repito una vez más que una norma que viola el derecho natural a la
vida de un inocente es injusta y, como tal, no puede tener valor de ley. Por
eso renuevo con fuerza mi llamada a todos los políticos para que no promulguen
leyes que, ignorando la dignidad de la persona, minen las raíces de la misma
convivencia ciudadana…… no es posible construir el bien común sin reconocer y
tutelar el derecho a la vida, sobre el que se fundamentan y desarrollan todos
los demás derechos inalienables del ser humano. Ni puede tener bases sólidas
una sociedad que —mientras afirma valores como la dignidad de la persona, la
justicia y la paz— se contradice radicalmente aceptando o tolerando las formas
más diversas de desprecio y violación de la vida humana sobre todo si es débil
y marginada. Sólo el respeto de la vida puede fundamentar y garantizar los
bienes más preciosos y necesarios de la sociedad, como la democracia y la paz. En efecto, no puede haber verdadera
democracia, si no se reconoce la dignidad de cada persona y no se respetan
sus derechos.”
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